La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) ha emitido un recordatorio fundamental para todos los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial bajo el Régimen Resimple (IRE Resimple). El plazo para la presentación de la declaración jurada correspondiente al ejercicio fiscal 2024 concluye el 26 de febrero, conforme lo estipulado en el artículo 27 de la Ley N° 6380/19.

Los contribuyentes deberán realizar su declaración a través del Sistema Marangatu, utilizando su Clave de Acceso y seleccionando el formulario N° 502. En este formulario, se requerirá declarar el total de las ventas del ejercicio fiscal correspondiente. Esta declaración será la base para la generación de las cuotas a pagar, las cuales tendrán vencimientos programados en marzo, junio, septiembre y diciembre.

Es importante destacar que, a partir del 27 de febrero, la DNIT generará automáticamente una declaración jurada para aquellos contribuyentes que no hayan cumplido con su presentación, asignando un valor “cero” y calculando las cuotas basadas en ingresos totales por ventas a partir de G. 20 millones.

El IRE Resimple es un régimen simplificado destinado a microempresarios y pequeños emprendedores cuyos ingresos anuales no superan los G. 80 millones. Este régimen permite a los contribuyentes presentar una única declaración anual, simplificando así el proceso tributario.

  • Simplicidad en los cálculos: No se requieren cálculos complejos para determinar el impuesto.
  • Cuotas fijas: Los contribuyentes abonan una suma mensual fija que varía entre G. 20.000 y G. 80.000, basada en los ingresos del ejercicio anterior.
  • Pagos trimestrales: Según el Decreto 3182/2019, los pagos se realizan trimestralmente, con montos que oscilan entre G. 60.000 y G. 190.000.
  • Sin anticipos ni retenciones: Los contribuyentes no están sujetos a retenciones tributarias.

Este régimen es aplicable a personas físicas dedicadas al comercio o producción de bienes. No existen montos mínimos de ingresos exentos, y las empresas unipersonales que opten por este régimen no serán consideradas contribuyentes del IVA. Además, el IRE Resimple favorece la formalización de actividades económicas, permitiendo a los contribuyentes acceder a beneficios y préstamos.

  • Emitir Boleta Resimple
  • Comunicar la numeración utilizada
  • Pagar de forma mensual o trimestral el impuesto
  • Presentar declaración jurada en febrero.

Obligados: Empresas Unipersonales (con ingresos anuales de hasta Gs. 80.000.000)

Para cumplir con las obligaciones fiscales, el contribuyente debe acceder al Sistema Marangatu con su Clave de Acceso y utilizar el formulario N° 502 para declarar sus ingresos del ejercicio fiscal anterior. Esto facilitará la determinación de las cuotas correspondientes del impuesto a pagar. En caso de no presentar la declaración dentro del plazo estipulado, la DNIT generará automáticamente la declaración, calculando las cuotas en base a ingresos brutos de hasta 20 millones de guaraníes.

Es fundamental que los contribuyentes estén atentos a estas fechas y requisitos para evitar inconvenientes y asegurar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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